Artículo 1. Definiciones y ámbito de aplicación
Apartado 1. Aplicación de las condiciones
Tourist Service Planning Co., Ltd. (la Empresa) explota un servicio urbano de coches con conductor (el Prestador) y proporciona servicios de transporte en coches con conductor (el Servicio) a sus clientes (los Pasajeros) conforme a estas condiciones de transporte (las Condiciones).
Los Pasajeros que utilicen el Servicio deben aceptar las Condiciones. El uso del Servicio constituye su aceptación.
Apartado 2. Materias no previstas en las Condiciones
Las materias no previstas se rigen por la legislación y la normativa aplicables o por los usos generales.
Apartado 3. Modificaciones
El Prestador podrá modificar las Condiciones sin aviso previo ni consentimiento de los Pasajeros.
Apartado 4. Medidas en caso de infracción o conducta similar
El Prestador podrá denegar el uso del Servicio a los Pasajeros que incurran en conductas que considere inadecuadas, entre ellas las indicadas a continuación.
- Causar molestias o perjuicios a terceros.
- Realizar actos que puedan interferir con los servicios del Prestador.
- Ensuciar o dañar el interior del vehículo, entre otros actos. Si un Pasajero vomita dentro del vehículo, se cobrará una tarifa de limpieza de 50.000 yenes.
- Usar o poseer drogas ilegales. Si se detecta su uso o posesión, se notificará inmediatamente a la policía.
- Cualquier otra conducta que infrinja las Condiciones.
Apartado 5. Acuerdos especiales
Si la Empresa acepta disposiciones especiales para determinadas cláusulas sin contravenir el propósito de las Condiciones ni la legislación y normativa aplicables, esas disposiciones especiales prevalecerán sobre las cláusulas correspondientes.
Artículo 2. Instrucciones del personal
Apartado 1. Los Pasajeros deberán seguir las instrucciones que los conductores u otros empleados de la Empresa impartan en el ejercicio de sus funciones para garantizar la seguridad del transporte.
Artículo 3. Aceptación del transporte
Apartado 1. La Empresa acepta transportar a los Pasajeros salvo cuando rechace la aceptación o continuación del transporte conforme al artículo siguiente o al artículo 4, apartado 1.
Apartado 2. Solicitudes de transporte
Para recibir el Servicio, el Pasajero puede presentar una solicitud previa según el procedimiento establecido por separado, tras aceptar las Condiciones y las tarifas y cargos fijados por separado. La solicitud debe indicar el tipo de vehículo, la finalidad, la fecha y hora de inicio y el período de uso, los lugares de recogida y bajada, los servicios opcionales necesarios y las demás condiciones de uso.
Apartado 3. Cambios en el transporte
Si el Pasajero desea cambiar las condiciones de uso indicadas en el apartado anterior, deberá obtener el consentimiento previo de la Empresa.
Apartado 4. Cancelación del transporte
El Pasajero puede cancelar una reserva (cancelación) por el procedimiento establecido por separado. Si por causas atribuibles al Pasajero no se logra contactar con él el día previsto u ocurre otra circunstancia que haga improbable la celebración del contrato de uso, se considerará cancelada la reserva.
Si la reserva se cancela por causas atribuibles al Pasajero, deberá pagar a la Empresa la tarifa de cancelación establecida por separado.
- Entre 14 y 8 días antes de la fecha reservada: 20 % de la tarifa.
- Entre 7 días y 24 horas antes del servicio reservado: 30 % de la tarifa.
- El día anterior al servicio reservado: 50 % de la tarifa.
- El día previsto o después: 100 % de la tarifa.
Si una reserva se cancela por causas atribuibles al Pasajero, este también asumirá los gastos de transferencia bancaria o de cambio de divisas que se produzcan al devolver la tarifa.
Artículo 4. Denegación de la aceptación o continuación del transporte y suspensión o interrupción del transporte
Apartado 1. La Empresa puede negarse a aceptar o continuar el transporte en cualquiera de los siguientes casos.
- La solicitud de transporte no se ajusta a las Condiciones.
- No se dispone del equipo adecuado para el transporte solicitado.
- El Pasajero solicita que la Empresa asuma una carga especial en relación con el transporte.
- El transporte sería contrario a la legislación, la normativa, el orden público o las buenas costumbres.
- Un desastre natural u otra circunstancia inevitable impide el transporte.
- El Pasajero desobedece medidas adoptadas por un miembro de la tripulación conforme al Reglamento de Empresas de Transporte de Pasajeros por Carretera.
- El Pasajero lleva un objeto prohibido a bordo según el Reglamento de Empresas de Transporte de Pasajeros por Carretera.
- El Pasajero está tan ebrio que no puede indicar claramente su destino o caminar sin ayuda.
- El Pasajero viste ropa sucia que podría ensuciar el interior del vehículo.
- El Pasajero está gravemente enfermo y viaja sin acompañante.
- El Pasajero padece una enfermedad infecciosa de categoría I o II, una gripe nueva o una enfermedad infecciosa similar, o una enfermedad infecciosa designada que requiera hospitalización, según la Ley japonesa de Prevención de Enfermedades Infecciosas y Atención Médica a Pacientes con Enfermedades Infecciosas. Esto comprende a quienes sean considerados pacientes de esas enfermedades y a quienes presenten indicios de una nueva enfermedad infecciosa.
- El Pasajero presenta síntomas de intoxicación por estupefacientes, estimulantes, disolvente de pintura u otras sustancias similares.
- Viaja con el Pasajero un menor de 6 años y no se ha solicitado un asiento infantil.
- Existe el riesgo de que el Pasajero cause molestias o perjuicios a terceros.
- Existe el riesgo de que el Pasajero realice actos que interfieran con los servicios del Prestador.
- Viaja con el Pasajero un menor de 6 años y, aunque se ha solicitado un asiento infantil, no se dispone de uno.
- Se determina que el Pasajero pertenece a un grupo delictivo organizado, a un grupo relacionado o a otra organización antisocial, o que está vinculado a alguno de ellos.
- Según los criterios de la Empresa, se considera probable que el Pasajero perjudique a la Empresa o a otros clientes.
Apartado 2. Suspensión o interrupción del transporte
El Prestador podrá suspender o interrumpir total o parcialmente el Servicio sin el permiso del Pasajero por cualquiera de los motivos siguientes.
- El Servicio no puede prestarse con normalidad debido a un terremoto, inundación, tsunami, incendio, corte de electricidad, otro desastre natural u otra causa no imputable al Prestador.
- El Prestador considera necesaria la suspensión o interrupción por otro motivo relacionado con la gestión del Servicio.
Apartado 3. Finalización del transporte si el vehículo queda inutilizado
Si el vehículo queda inutilizado durante el período de uso debido a un accidente, un desastre natural u otra causa, finalizará el contrato de uso.
Apartado 4. Resolución del contrato de transporte
- Si el Pasajero infringe las Condiciones durante el período de uso, la Empresa resolverá el contrato de transporte sin necesidad de aviso ni requerimiento. En ese caso, la Empresa no devolverá los cargos de uso que ya haya recibido.
- Si se resuelve el contrato de uso según el punto 1 de este apartado y la Empresa sufre daños, el Pasajero deberá indemnizarla por ellos.
Apartado 5. Cancelación por acuerdo
El Pasajero puede cancelar el contrato de uso incluso durante el período de uso si obtiene el consentimiento de la Empresa.
Apartado 6. Vehículos para no fumadores
- Está prohibido fumar en todos los vehículos de la Empresa.
- Si un Pasajero fuma o intenta fumar en un vehículo para no fumadores de la Empresa, el conductor puede pedirle que deje de fumar. Si el Pasajero no obedece, la Empresa puede negarse a aceptar o continuar el transporte. Si se detecta que el Pasajero ha fumado, deberá pagar a la Empresa una penalización contractual de 50.000 yenes.
Artículo 5. Tarifas y cargos
Apartado 1. La Empresa cobra las tarifas y los cargos aprobados por el director de la oficina regional de transporte y vigentes cuando el Pasajero sube al vehículo.
Apartado 2. Modificaciones de las tarifas y los cargos
Si la Empresa modifica sus tarifas básicas después de aceptar el transporte conforme al artículo 3, apartado 2, se aplicará el cuadro de tarifas vigente en el momento de la reserva, con independencia del apartado anterior.
Artículo 6. Cobro de las tarifas y los cargos
Apartado 1. La Empresa solicita el pago de las tarifas y los cargos al finalizar la aceptación de la reserva, salvo acuerdo en contrario entre el Pasajero y el Prestador.
Artículo 7. Responsabilidad frente a los Pasajeros
Apartado 1. Si la circulación de un vehículo de la Empresa causa la muerte o lesiones corporales a un Pasajero, la Empresa deberá indemnizar los daños resultantes.
Lo anterior no se aplica si la Empresa demuestra que tanto ella como su personal actuaron con la debida diligencia al operar el vehículo, que el Pasajero o un tercero ajeno al personal de la Empresa actuó de forma intencional o negligente y que el vehículo no presentaba defectos estructurales ni fallos de funcionamiento.
Apartado 2. En el supuesto anterior, la responsabilidad de la Empresa frente al Pasajero comienza cuando este sube al vehículo y termina cuando baja.
Apartado 3. Además de lo anterior, la Empresa deberá indemnizar al Pasajero por los daños sufridos en relación con el transporte.
Lo anterior no se aplica si la Empresa demuestra que tanto ella como su personal actuaron con la debida diligencia al prestar el transporte.
Apartado 4. Si la Empresa suspende temporalmente la circulación o adopta otras medidas para garantizar la seguridad del transporte debido a un desastre natural u otra causa no imputable a la Empresa, no deberá indemnizar los daños que ello cause al Pasajero.
Artículo 8. Responsabilidad del Pasajero
Apartado 1. Si la Empresa sufre daños por dolo o negligencia del Pasajero o porque este incumple la legislación, la normativa o las Condiciones, la Empresa le reclamará una indemnización.
Apartado 2. Si la Empresa no puede utilizar el vehículo por una avería, suciedad u olor imputable al Pasajero, calculará el perjuicio según la tarifa básica del cuadro de tarifas establecido por separado y el período de indisponibilidad del vehículo. El Pasajero deberá pagar dicho importe.
Apartado 3. Si el Pasajero daña o ensucia considerablemente el vehículo de forma intencionada o negligente, deberá asumir íntegramente los gastos de reparación y mantenimiento.
Apartado 4. Conductas prohibidas
Los Pasajeros deben cumplir la legislación y normativa aplicables y abstenerse de las siguientes conductas durante y después del período de uso del Servicio.
- Vulnerar derechos legítimos del Prestador o de terceros, incluido el derecho de propiedad, todos los derechos de propiedad intelectual, incluidos los de autor, el derecho de imagen o el derecho de explotación comercial de la imagen.
- Causar perjuicios o daños a otros usuarios, al Prestador o a terceros.
- Actuar en contra del orden público o de las buenas costumbres.
- Infringir la legislación o la normativa.
- Realizar actividades lucrativas vinculadas al Servicio sin autorización del Prestador.
- Obstaculizar el funcionamiento del Servicio.
- Desacreditar o dañar la reputación del Servicio o de la Empresa.
- Registrar información falsa.
- Llevar bebidas alcohólicas o productos de tabaco al viajar con un menor.
- Llevar drogas ilegales a bordo.
- Fumar en el interior del vehículo.
- Subir al vehículo en un estado de embriaguez que impida indicar claramente el destino o caminar sin ayuda.
- Abrir o cerrar una puerta mientras el vehículo está en marcha.
- Sacar la cara o las manos por el techo solar, las ventanillas u otras aberturas.
- Cualquier otra conducta que el Prestador considere inadecuada.
Artículo 9. Vehículos de sustitución
Apartado 1. Si la Empresa no puede prestar el Servicio con el vehículo reservado por accidente, robo u otra causa no imputable a la Empresa, puede ofrecer prestar el Servicio con otro vehículo (vehículo de sustitución).
Apartado 2. Si el Pasajero acepta la oferta mencionada en el apartado anterior, la Empresa prestará el Servicio con el vehículo de sustitución en las mismas condiciones que en el momento de la reserva.
Apartado 3. El Pasajero puede rechazar la oferta de un vehículo de sustitución prevista en el apartado 1 de este artículo.
Artículo 10. Exclusiones de responsabilidad
Apartado 1. Si la Empresa no puede prestar el Servicio por fuerza mayor, incluido un desastre natural, avisará inmediatamente al Pasajero y no será responsable de los daños que este sufra como consecuencia.
Apartado 2. Como la estructura del vehículo y la legislación aplicable limitan las condiciones en las que puede circular, la tripulación decidirá la ruta y los lugares de estacionamiento y parada.
El estado de las vías cerca del lugar de recogida o bajada solicitado puede obligar a subir o bajar en otro punto alejado del indicado. En ese caso, el Prestador no será responsable de los perjuicios resultantes para el usuario.
Apartado 3. Si la Empresa considera que su vehículo no puede circular con seguridad, suspenderá el Servicio y devolverá con prontitud los importes recibidos. No será responsable de los daños que el Pasajero sufra en esa ocasión.
Artículo 11. Uso de la información personal
Apartado 1. El Pasajero acepta que la Empresa y las empresas de su grupo utilicen su información personal para los fines indicados a continuación.
- Verificar la identidad del Pasajero y realizar comprobaciones.
- Enviar información al Pasajero por correo directo o medios similares.
Apartado 2. La Empresa no divulgará información personal a terceros sin el consentimiento del Pasajero, salvo en los casos siguientes.
- La divulgación se basa en la legislación o la normativa.
- La divulgación es necesaria para proteger la vida, la integridad física o los bienes de una persona y es difícil obtener su consentimiento.
- La divulgación es especialmente necesaria para mejorar la salud pública o fomentar el desarrollo saludable de los menores y es difícil obtener el consentimiento de la persona.
- Es necesario colaborar con un organismo nacional, una entidad pública local o una persona designada por estos para cumplir funciones previstas por ley, y obtener el consentimiento de la persona podría obstaculizar esas funciones.
Artículo 12. Compensación de deudas
Si la Empresa adeuda una suma al Pasajero en virtud de las Condiciones, puede compensarla en cualquier momento con una obligación dineraria del Pasajero frente a la Empresa.
Artículo 13. Indemnización por mora
Si el Pasajero o la Empresa incumple una obligación dineraria conforme a las Condiciones, la parte incumplidora abonará a la otra una indemnización por mora a un tipo anual del 14,6 %.
Normas detalladas
Apartado 1. La Empresa puede establecer por separado normas detalladas para las Condiciones.
Apartado 2. Si la Empresa establece normas detalladas por separado, las expondrá en sus establecimientos.
Artículo 14. Tribunal competente
Las controversias derivadas de las Condiciones se someten a la competencia exclusiva del Tribunal de Distrito de Chiba como tribunal de primera instancia.
Fecha de entrada en vigor
Las Condiciones entran en vigor el 16 de agosto de 2024 (año 6 de la era Reiwa).